jueves, 29 de abril de 2010

Los invito a realizar comentarios a la sentencia a partir de la siguiente pregunta

ESTA DE ACUERDO O NO CON EL CRITERIO PROPUESTO POR LA CORTE PARA DIFERENCIAR ENTRE EL DELITO DE TENTATIVA DE HOMICIDIO Y LAS LESIONES PERSONALES?

sentencia sobre tentativa de homicidio.doc el 12/11/2009 19:34 por FRANCISCO JAVIER TAMAYO PATIÑO (versión 1) Eliminar 108 kb Descargar

1 comentario:

  1. Esta sentencia plantea una cuestión con bastantes complicaciones; el tema de nuestro interés se encuentra rodeado de cuestiones procesales y de consideraciones bien sea formales o que hacen referencia al delito de prevaricato.

    El núcleo duro de la cuestión se encuentra consignado entre las páginas 25 y 29 de la sentencia aunque previamente se aclaran algunos conceptos y se realizan algunas clasificaciones.

    Es un tema algo complejo y de mucha pertinencia para la discusión grupal, pues no sería de tanta relevancia si la diferencia entre las penas no fuera tan evidente.

    La Corte en este caso afirma que: "no habrá desistimiento si está provocado por impedimentos independientes de la voluntad del autor y que paralizan su voluntad de decisión, por ejemplo, si el autor se ve descubierto y expuesto a la persecución penal". Y si existe un caso idóneo para causar la muerte, no importa que el personaje hubiese desistido del hecho, pues esto es posterior a la evidente puesta en peligro del bien jurídico.

    La Corte habla también, que para no hablar de tentativa, se debe impedir la consumación del hecho mediante “todos los esfuerzos necesarios”, esto es mediante la ejecución de acciones positivas dirigidas a evitar el resultado y lo ilustra a través de un ejemplo, , quien propina una puñalada a su víctima y en su fuero interno decide no seguir adelante con su acción, pero abandona al herido a su suerte en un sitio solitario, no puede hacerse acreedor a la menor punibilidad, porque voluntariamente no ha realizado todos los esfuerzos necesarios para impedir la consumación.

    Es un criterio cuestionable pero razonable para establecer una diferenciación, frente a límites tan tenues como los que se presentan entre estos 2 injustos.

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