martes, 14 de febrero de 2012

Por favor resolver los casos asignados por escrito para sustentar la soluciòn en la proxima clase. saludos

2 comentarios:

  1. Pienso que no hay Estafa ya que Pedro no espera obtener provecho ilícito porque acredito ante Juan que es el propietario de la grabadora. En cuanto a la inducción del otro en error mediante artificios o engaños estos se entienden que es para consumar el delito y al no haberlo tampoco se podrían alegar estos, además amedrentar a una persona con acciones legales no es un medio idóneo para hacer incurrir a otro en error, tampoco es necesaria la denuncia penal para demostrar la propiedad del bien y Juan tendría que demostrar que la grabadora no es robada sino que el la compro legítimamente.

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  2. En mi caso, no se configura la estafa ya que desde el código civil en sus artículos 1508, 1522 y 1524 dice que se entenderá como viciado de nulidad absoluta, habrá objeto ilícito porque no se pueden negociar cosas que no estén en el comercio y por ende cualquier negocio que encaje con estos aspectos consagrados en el código civil no se podría pensar en estafa, y la cocaína no es licita, no esta regulada en el comercio por ende no podría hablar de estafa, y en virtud a este caso de la cocaína se podría pensar mas bien de trafico de estupefacientes un tema totalmente distinto a la estafa .

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